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Aplicación del beneficio por discapacidad para el servicio de energía eléctrica

La aplicación del beneficio de discapacidad para el servicio de energía eléctrica, permite al usuario acceder a una rebaja del cincuenta por ciento (50%) del valor del consumo mensual, hasta en un cincuenta por ciento (50%) del salario básico unificado del trabajador privado en general.

Además, a las personas jurídicas sin fines de lucro que tengan a su cargo centros de cuidado diario y/o permanente para las personas con discapacidad, debidamente acreditadas por la autoridad nacional encargada de la inclusión económica y social, se exonera hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor de consumo que causare el uso de los servicios de los medidores de energía eléctrica.
El valor de la rebaja no podrá exceder del veinticinco por ciento (25%) de la remuneración básica unificada del trabajador privado en general.

Requisitos

Si es persona Natural:

  1. Cédula de ciudadanía o identidad de la persona con discapacidad.
  2. Documento que acredite la condición de discapacidad emitido por la autoridad competente.
  3. Formulario de beneficio de discapacidad, llenado y firmado por el titular aquí.
Adicionalmente, si es:

Representante legal o tutor:
  1. Documento emitido por la autoridad competente, que certifique tal condición.
  2.   Cédula de ciudadanía o identidad.

Si es persona Jurídica:

  1. RUC (Registro Único de Contribuyentes).
  2. Nombramiento del representante legal.
  3. Cédula de ciudadanía del representante legal.
  4. Documentación emitida por la autoridad nacional encargada de la inclusión económica y social, que demuestre que la institución se dedica a actividades sin fines de lucro y de atención a personas con discapacidad.
  5. Formulario de beneficio de discapacidad, llenado y firmado por el titular o representante legal según el caso aquí.

 Si el trámite lo va a realizar otra persona que no sea el titular, debe además presentar la autorización por escrito y cédula del autorizado.

Formas de realizar la solicitud

En línea o de forma presencial

El trámite es personal, lo realiza el dueño de la planilla de luz o el representante legal de la entidad; sin embargo, en el caso de ser realizado por otra persona, debe presentar los requisitos señalados del dueño del suministro, además debe presentar la cédula de la persona que va a gestionar la solicitud, quien constará únicamente como contacto en el trámite.

El trámite para la solicitud de aplicación del beneficio tarifario por discapacidad es gratuito en la Empresa Eléctrica Quito.

Si la documentación presentada es correcta, se aplicará el beneficio tarifario. La rebaja será aplicada únicamente para el inmueble donde fije su domicilio permanente la persona con discapacidad y exclusivamente a una cuenta contrato por servicio.

El beneficio se verá reflejado en su factura desde la siguiente emisión.

Posterior a la aplicación del beneficio, personal técnico acudirá al sitio para verificar que el beneficiario resida en el inmueble.

La Empresa Eléctrica Quito efectuará visitas periódicas para constatar la aplicación correcta del beneficio; en caso de encontrar novedades que evidencien su incorrecta aplicación se procederá a retirarlo, y si es el caso, recuperar los valores que correspondan

Si tiene alguna duda sobre los requisitos o un caso particular puede llamar al 136, línea directa del Call Center, desde cualquier operadora.

 Recuerde: 

Nuestro personal no realiza ningún cobro en el domicilio, todo valor a cancelar consta en su factura y se cancela en ventanilla y en los canales autorizados aquí.

¡Gracias por confiar en la Empresa Eléctrica Quito!